declara PRIMERO: Improcedente el Recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho Blanca Jiménez, Defensora Pública Décimo Cuarta, Adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando en defensa del Ciudadano: Andre Chair Sanchez, en contra del fallo jurisdiccional de fecha 10-04-07, dictado por la Jueza Sexta de Control este Circuito Judicial Penal, mediante el cual se decreto la Improcedencia del Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público en virtud del tramite establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara procedente la nulidad del auto recurrido dictado en fecha 10-04-07, solicitada por la Profesional del Derecho Blanca Jiménez, Defensora Pública Décimo Cuarta, Adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando en defensa del Ciudadano: Andre Chair Sanchez en virtud de la falta de motivación del auto apelado respecto a la solicitud de prescripción realizada por la defensa, conforme a lo establ.....