REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Revisadas las presentes actuaciones y vista la Transacción celebrada entre los abogados Boris Faderpower, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 47.652, en su carácter de Apoderado Judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., por una parte y por la otra el demandado ALEXIS ANTONIO ACOSTA NAVARRO, asistido por la abogada Jacqueline Quiñónez inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 119.431, juicio por Cobro de Bolívares, el Tribunal le imparte su correspondiente Homologación, téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.