Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y se ordena: Aperturar una cuenta de Ahorros en el Banco BANFOANDES a nombre de la Niña beneficiaria de la Obligación Alimentaria, representada por su madre MORELA COROMOTO LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N°: V- 10.961.503, quien va a ser la única persona autorizada para retirar y movilizar la cuenta. Todo de conformidad con los artículos 76 y 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y Artículos 365, 366, 380, 381, 521 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez Temporal
Dr. Ramón Álvarez Suárez.
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