Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Decreta El Archivo de las Actuaciones en la presente causa, en razón de los ciudadanos EPIFANIO COLMENAREZ ALVARADO y MARCO TULIO LINAREZ, titulares de las cédulas de Identidad Nº 9.601.062 y 9.544.954, respectivamente, según lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ordena el Cese de todas las Medidas Cautelares impuestas a EPIFANIO COLMENAREZ ALVARADO y MARCO TULIO LINAREZ, titulares de las cédulas de Identidad Nº 9.601.062 y 9.544.954, respectivamente; asimismo, cesa la condición de imputados en el presente asunto, quedando a salvo la posibilidad de reanudarse la causa, cuando surjan nuevos elementos y previa autorización de quien regente este Despacho. TERCERO: En razón del ciudadano RAFAEL ANTONIO GUEDEZ FERNANDEZ, cédul.....