Vista la conciliación celebrada entre las partes ciudadanos JULIAN ANTONIO FERNANDEZ y NANCY COROMOTO MALDONADO GRATEROL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 9.401.348 y 10.723.597, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, del ciudadano JULIAN ANTONIO FERNANDEZ, en beneficio de su hijo ................., de 17 años de edad, la cual ha sido aumentada en la cantidad de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00) mensuales, en los meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00), para los gastos de uniformes, útiles escolares, vestuarios y calzados, así mismo el padre cancelara cualquier otro gasto que amerite su hijo, en cuanto a los gastos por honorarios médicos, medicinas, serán cancelados el 50% por el padre y el 50% por la madre, dicha cantidad de dinero será descontada del salario que devenga el referido ciudadano por ante la Gobernación del Estado Portuguesa y dep.....