Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos ORLANDO JOSE TORRES y WILLIANS PASTOR GARCIA PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.787.050 y 11.432.21, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE NOHAD FP, NOHAD YUNIS LIZARDO FP, C.A. y solidariamente el ciudadano NOHAN YUNIS LIZARDO. Así se decide.