Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los abogados Leonardo Palacios, José G. Torres, Enrique Crespo, Juan Korody y Erika Cornilliac, su carácter de apoderados judiciales de PROTECCION 2010 C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución Nº 300/2011 del 03 de febrero de 2011, emanada de la Alcaldía del MUNICIPIO NAGUANAGUA del estado Carabobo, mediante la cual declaro sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente y ratificó la resolución N° H-234/2010 del 20 de mayo de 2010, mediante la cual constató los siguientes ilícitos: 1) Por concepto de impuesto a las actividades económicas de industria, comercio o de índole similar, causados y no liquidados correspondiente a los ejercicios fiscales 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y el.....