DECISIÓN DEL TRIBUNAL
ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 561, ordinal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a favor de los adolescentes RESERVADO y RESERVADO, ya identificados, en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal vigente.
Notifíquese a las partes.
Regístrese y Publíquese.-
El Juez de Control No 2
Abg. Wilmer Alexander Oviedo Mújica La Secretaria