este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Mandato de la Constitución y por la Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos Rosa Mireya Dugarte Plaza, venezolana, mayor de edad, casada, ama de casa, titular de la cédula de identidad Nº V-14.916.352, y el ciudadano Lázaro Pérez Márquez, venezolano, mayor de edad, casado, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº V-9.476.338. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha dieciséis (16) de enero del año 1986, por ante la Prefectura Civil del Municipio Aricagua, Distrito Libertador del Estado Mérida, según Acta de Matrimonio Nº 02. Año 1986.