En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR las pretensiones de la parte actora ciudadanas HEYDEE PASTORA PARRA DE LOPEZ Y YALIANNYS WILLESKA MARCHAN en contra de la Sociedad Mercantil PELUQUERÍA UNISEX EL GRIFF C.A.
SEGUNDO: SIN LUGAR la responsabilidad solidaria basada en el alegato de Grupo Económico en contra de las sociedades mercantiles PELUQUERÍA UNISEX EL SANCH C.A., CENTRO DE ESTÉTICA SANDRO C.A, y el ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ MARTÍNEZ.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, por no existir vencimiento total en la presente causa de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dictada en Barquisimeto, Estado.....