Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara ÚNICO: SE HOMOLOGA el desistimiento del recurso procesal de apelación ejercido por el ciudadano ROBERTO VELASCO RIERA, en contra de la sentencia dictada el 6 de febrero de 2019 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo que niega una solicitud de medidas cautelares, lo que origina LA TERMINACIÓN DE LA PRESENTE INCIDENCIA.