Se otorgó Libertad Cautelar con fundamento en el Articulo 582 literales B, C,D,F Y G de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente.por la presunta comisión del delito precalificado como ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, tipificado en el Articulo 5 y 6 numerales 1,3,5, 8 y 10 del la L.S.H.R.V y ROBO AGRAVADO, previsto en el Artículo 460 del Código Penal.