DECISION
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ZALG ABI HASSAN, apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 13 de junio de 2006, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por MIXTO LARA, C.A., contra PROMOCIONES TIRRENO, C.A., mediante la cual negó la medida de secuestro solicitada por no estar llenos los requisitos de procesabilidad establecidos en el Art. 585 del Código de Procedimiento Civil, esto es “el fumus bonis iuris y el periculum in mora”. Por cuanto se evidencia que no se obtienen los elementos de convicción para demostrar la existencia de la necesidad de la medida.
Qued.....