En razón de las consideraciones de hecho y de Derecho expresadas, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la 1) EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN, por muerte del sancionado XXXXXX quien fuera sancionado a Privación de la Libertad, por el lapso de Cinco (05) AÑOS, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXX, de conformidad con el artículo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 103 del Código Penal señala y en consecuencia la 2) CESACIÓN DE LA SANCIÓN en la presente causa, con fundamento en lo establecido en el artículo 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. 3) Se ACUERDA librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalí.....