Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 28 de Octubre del año en curso, por el Tribunal Primero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó al Ciudadano Antonio Avelino Cedeño, quien es venezolano, de 54 años de edad, nacido el 10 de Noviembre del año 1955, de oficio pescador-Marino, titular de la cédula de identidad numero: 5.897.674, hijo de Rosa Cedeño y Tomas Jiménez y residenciado en la Invasión de Caurantica del Caserío de Río Salado, casa s/n, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de Tres (3) años y Cuatro (4) meses de prisión, más la.....