En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA LA INHABILITACIÓN DEFINITIVA del ciudadano HUGO CESAR FIGUEROA MUÑOZ, designando como CURADOR del mismo, al ciudadano JUAN LUIS MUÑOZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.366.413, de conformidad con lo establecido en el artículo 409 del Código Civil.
Queda así REFORMADA la sentencia objeto de la presente consulta.
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