Por lo tanto, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con fundamento en las consideraciones precedentes el abandono del trámite correspondiente a la presente acción de amparo interpuesta por los ciudadanos Madelayne del Carmen Chirino Cristian y Joel Ramón Valles, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. 13.077.686 y 11.646.427, respectivamente, asistidos por la abogada Dexsi Oviedo, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 106.208, en consecuencia, la extinción de la instancia y terminado el procedimiento. Así se decide. Notifíquese a la parte actora de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho de este Tribunal, a los diecisiete días del mes noviembre de 2015, siendo las 03:19 de la tarde. Años 205°.....