En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara. PRIMERO: SIN LUGAR, la cuestión previa de Caducidad de la Acción, alegada por la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa de falta de cualidad alegada conforme al ordinal 2°, del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. SIN LUGAR la cuestión previa alegada conforme al ordinal 3° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, alegada por la parte demandada; SIN LUGAR, la cuestión previa alegada conforme al ordinal 4°, del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, alegada por la parte demandada.