DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 510 ejusdem, de oficio concede como fórmula alternativa de cumplimiento de pena la LIBERTAD CONDICIONAL a favor del ciudadano DAVID JOSÉ HENRÍQUEZ TORRELLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.584.887, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTAVIVA y ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificados en los artículos 460, 80, 460, 278, 216 y 219 todos en su orden del Código Penal vig.....