En este estado toman la palabra los apoderados actores: "Aceptamos la propuesta de pago hecho por los intimados, recibimos el bien dado en garantía y el cual entregaremos una vez hecho efectivo los títulos valores consignados e igualmente declaramos que no se adeuda nada ni por esta ni por ningún otro concepto derivado de la presente demanda, es todo y solicitamos al Tribunal se abstenga de practicar la presente medida de embargo preventivo en virtud de los pago realizado, es todo. El tribunal visto el pago realizado y la solicitud realizada acuerda de conformidad y se abstiene de practicar la medida de embargo encomendada.