Por los razonamientos aquí expuestos, es por lo que este JUZGADO SEXTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, interpuesta por la ciudadana MARISOL OROZCO contra D´LORENZ 2003 C.A.
SEGUNDO: Se ordena el reenganche de la Trabajadora a su puesto habitual de Trabajo y el consecuente pago de los Salarios Caídos cuantificados desde el momento del ilegal despido (07/09/2008) hasta la reincorporación definitiva de la trabajadora a su puesto de trabajo, en base a un salario de Bs. 83,oo, diarios.
TERCERO: Se excluye del cómputo de los salarios caídos los lapsos comprendidos de vacaciones judiciales, paro tribunalicios y falta absoluta del Juez.
CUARTO: Se condena en Costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en el pr.....