En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los Abogados FÉLIX EDMUNDO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, NURIS ELENA MEDINA RIVERO, AQUILES BLANCO ROMERO, SANTIAGO ZERPA MARTÍN y RUBÉN CARRILLO ROMERO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 32.072, 30.481, 21.181, 33.895 y 38.842, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana MARÍA ELENA GONZÁLEZ PERDOMO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 15.305.247., contra la Providencia Administrativa Nº 532-2005 de fecha 18 de mayo de 2005, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guacaipuro del Estado Miranda, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por la mencionada ciudadana contra la so.....