´CAPITULO IV.
DE LA SENTENCIA.
Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CEDEÑO (CAICARA DEL ORINOCO) DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana: ROMARY CAROLINA URDANETA GUAPE, venezolana, mayor de edad, titular la Cédula de Identidad N° V- 20.259.545, con domicilio en la Urb. La Guayabita, manzana 13, casa N° 4, de Caicara del Orinoco, Municipio Cedeño del estado Bolívar. Debidamente asistida por el abogado. YURI QUINTANA, Defensora Publica Auxiliar (e) Primera con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito del Primer Circuito de Circunscripción Judicial del estado Bolívar e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.485 con domicilio procesal en el Sector Casco Histórico, Calle El Rosario, Edf. Defensa Publica, Parroquia Catedral Ciudad .....