DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor del imputado DEIVIS MANUEL REYES CRESPO, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.823.476, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numeral 2, 3 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, la obligación de someterse a tratamiento en una institución, que procure desvincularlo del consumo de drogas, debiendo consignar constancia que acredite el tratamiento; la presentación por ante la Unidad de Alguacilazgo cada veinte (20) días por un periodo de seis (6) meses o por el Tribunal las veces que sean requeridos; la prohibición de concurrir a lugares donde v.....