ste Tribunal primero de Juicio con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere Declara: PRIMERO: Se revisa la MEDIDA PRIVATIVA de Libertad que pesaba sobre los acusados ANYELO JOSGUADALUPE CHIRINO MORILLO y YORVIS ANTONIO PINEDA BRACHO. SEGUNDO: Se Decretan medidas Cautelares Sustitutivas a la privación de Libertad a los acusados ANYELO JOSGUADALUPE CHIRINO MORILLO, titular de la cédula de identidad personal número V.– 21545652, de 26 años de edad, venezolano, soltero, obrero, nacido el 12/12/84, analfabeta, domiciliado en calle Democracia, casa Nº 48, entre calle Proyecto y avenida Sucre, Coro, frente a la licorería Los Compadres, sector Curazaito, Telf.: 0416-0690406; y YORVIS ANTONIO PINEDA BRACHO, titular de la cédula de identidad personal número V. – 18293218, de 24 años de edad, venezolano, soltero, obrero, nacido el 04/09/86, segundo año como grado de instrucción, do.....