Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Concede a Yovanny Jesús Rodríguez Báez, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 01-02-79, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.596.843
la gracia de Conmutación de la pena que le falta por cumplir por la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º. del Código Penal, mas Un tercio de la misma por CONFINAMIENTO en el Municipio Cariní del Estado Bolívar, por el lapso de Cuatro,(4), años, Cuatro,(4), meses y Cuatro,(4), días que vencerán de manera definitiva el día 22 de Mayo del 2022...