Se dictó Auto Motivado, mediante el cual, se prescinde de los Jueces Escabinos, debido a su reiterada falta de comparecencia, por lo que a solicitud del acusado y la defensa, el Tribunal asume el control jurisdiccional para conocer de la prresente causa, de conformidad con la sentencia de fecha 22 de diciembre de 2003, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con lo establecido en elartículo 164 del COPP, fijando fecha para la realización del Juicio Oral y Público, para el día 03-03-05, a la 1:15 hora de la tarde.