Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia constituido en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos Jhon Darwin Peña, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.187.901 nacido en Barquisimeto, Estado Lara, el 10/11/77 de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante residenciado, Cabudare, estado Lara Barrio colina del Sur sector dos calle las palma casa nº 8 y C, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- No porta cedula, nacido en Yaritagua, Estado Yaracuy, el 10/04/80 de 30 años de edad, de profesión u oficio albañil residenciado Cabudare Estado Lara. Tarabana colina del sur sector Doña Bárbara racho de color azul, teléfonos cumplir la pena de ocho (8) años de presidio mas las accesoria de ley por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y ROBO A.....