Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte actora, ciudadano GERÓNIMO CONTRERAS CARRILLO; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 8 de marzo de 2010 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares intentada por el ciudadano GERÓNIMO CONTRERAS CARRILLO en contra del ciudadano CESAR SILVA; CUARTO: SE CONDENA al ciudadano CESAR SILVA a pagar al ciudadano GERÓNIMO CONTRERAS CARRILLO la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00) monto al que asciende la letra de cambio; QUINTO: SE CONDENA al ciudadano CESAR SILVA pagar al.....