Por las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, el desistimiento realizado en fecha 14 de marzo de 2019, por las Abogadas BELKYS YASMIL RAMOS CRESPO y MARIA MATILDE FERRER ZUBILLAGA, inscritas en el I.P.S.A, bajo los Nros 82.687 y 28.120, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano ANTONIO JOSE CARRASCO NIEVES, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-1.436.264, en el presente juicio de desalojo, incoado por el ciudadano ANTONIO JOSE CARRASCO NIEVES, contra el ciudadano GUSTAVO DAVID SUAREZ RON.
Téngase la presente decisión como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Publíquese y Regístrese.
Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archíve.....