Este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 285 numerales 1 y 6 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 1,2,4,5,7 y 30 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; a favor del ciudadano: ORLANDO JOSE FIGUERA GOMEZ Titular de la Cédula de Identidad No-13.539.828 imputado en la causa penal en fase de investigación identificada con el No-19-F7-2C-638-05 nomenclatura de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público por el delito de: Hurto Calificado Continuado, ACUERDA MEDIDA DE PROTECCIÓN consistente en Protección Policial en la modalidad de Recorridos Policiales Permanentes y Visitas Domiciliarias por el domicilio de la referida victima, ubicada en la Urbanización La Llanada, sector 2, avenida 04, casa 55, cerca de .....