Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se decreta DETENCIÓN JUDICIAL a la adolescente XXXXXXXXconformidad con lo establecido en el Art. 559 de la LOPNA., para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar. Con respecto a la imputada XXXXXXXXXXX este Tribunal decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literales B y D de la LOPNA, y 245 del COPP, consistente en que la mencionada imputada quedará a la orden y cuidado de su representante legal, ciudadana Inés María Salazar Vizcaíno, presente en esta sala de audiencias, y la Prohibición de salir de esta jurisdicción, por encontrarse presuntamente incursas en los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPERFACIENTES Y PSICOTRIOPICAS en relación a la solicitud de la fiscal del Ministerio Público de que este tribunal se pronuncie , si concurren las circunstancias de la aprehensión en flagrancia, este ju.....