En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, y en fuerza de los argumentos esgrimidos, Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARTA ELENA PIRONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.496.265, contra la empresa GERALD¿S, C.A., ambas de este domicilio, por cobro de Prestaciones Sociales. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.