En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Primero: DECLARA CON LUGAR el presente recurso interpuesto por el Abogado DAVID ALEJANDRO VALLES Q., en su condición de Defensor Publico Primero Auxiliar adscrito a la Unidad de Defensa Publica Regional, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 04 de Marzo de 2016 y publicado el texto integro de la misma en fecha 18 de Marzo de 2016, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto signado con el Nº GP01-P-2016-005156, mediante el cual decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos ANDRIZ RODRIGUEZ y ANIEL TORREZ, asunto que se le sigue p.....