En virtud de los razonamientos que anteceden y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil en concordancia a lo establecido en el artículo 1.363 del Código Civil, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentado por la ciudadana la ciudadana KATHERINES ELENA MONZON ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.362.187, debidamente asistida por la abogada LILIBETH MARTINEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo los Nro. 110.897, contra el ciudadano JOEL ALEXANDER ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identid.....