Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos del causante Jonás Díaz: A su cónyuge la ciudadana Carmen Josefina López de Díaz y a sus hijos, la adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y los ciudadanos Vidal Jonás, Elsy Yanira, Yohangel Javier, Yohan David y Yohalber Enrique Díaz López Rojas, quien como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.