Visto que como consecuencia del incumplimiento del pago por parte de la demandada, en el acuerdo celebrado entre las partes, en la Audiencia Preliminar de fecha diez (10) de abril del año dos mil siete (2007), este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA.