En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de conformidad con los artículos 263, 264 y 265 del Código Procesal Civil en concordancia con el articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo, da por consumado el desistimiento realizado por el ciudadano ANGEL CARREÑO, titular de la cedula de identidad No. 9.977.765, y le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica, por remisión directa del articulo 11 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, se le otorga fuerza de COSA JUZGADA ya que es ley entre las partes, solo por lo que respecta a este actor, continuando el juicio por lo que respecta a los demás actores. Y ASI SE ESTABLECE.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,
ABG. ANTONIETA COVIELLO M.