CON LUGAR la solicitud de rectificación del ACTA DE DEFUNCION interpuesta por la ciudadana JULIA MELQUIADES URIAN BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 3.303.675, asistida por el abogado: CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.525, y de este domicilio. SEGUNDO: Se ORDENA a los ciudadanos Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en el acta de defunción número Nº 459, de fecha 09 de Diciembre del año 2009 del Libro de Registro Civil de Defunciones, así: Donde dice: "....hijo de PAULA BOLIVAR..." debe decir: "...hijo de FULGENCIA BOLIVAR...", que es lo correcto.-
Expídanse las copias certificadas que fueren menester a las partes interesadas y envíense las necesarias a las autoridades civiles y administrativas respectivas......