este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, al ciudadano NEVID JOSÉ BARRUETA MATHEUS, venezolano, mayor de edad, de 25 años, nacido en fecha 04/02/1987, profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad No. V-19.042.738, residenciado en Caja Seca, Población de Aguasil, Calle Principal, Vía Panamericana, Casa N° 114, Municipio Sucre del Estado Zulia (0271-5547896, 0416-1202895), por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, pena ésta que terminarán de cumplir aproximadamente en el año dos mil trece (2013). Se acuerda mantener la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de li.....