Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Violencia Contra las Mujeres del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos
PRIMERO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal el SOBRESEIMIENTO del Asunto Penal Nº IP01-S-2013-001997, seguido al ciudadano HUGO ALBERTO OLLARVES CHIRINOS, titular de la cédula de identidad N° V- 18.606.279, residenciado en BARRIO ZUMURUCUARE, CALLE ALÍ PRIMERA CON PÉREZ BONALDE, CASA S/N, EN LA ESQUINA DEL ANIGUO BAR TIBURON, CORO ESTADO FALCÓN, TELÉFONO: 0414-167-9631. Por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARÍA DEL CARMEN ARROLLO SEMECO.
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