Una vez en el lugar y realizado el llamado de ley, no fuimos atendidos por persona alguna, motivo por el cual no fue posible practicar Notificación de Ley, en tal sentido y a los efectos de continuar ejecutando la medida de Entrega Material, este Tribunal designó como Cerrajero al ciudadano Luis Alberto Rubio Vargas, C.I.N° 13.333.030, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo;