"...este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ratifica su competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional y declara: PRIMERO: SE RATIFICA la competencia del Tribunal para conocer de la presente acción de amparo constitucional; y SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano RAMON ALFREDO GARCIA PEREZ, titular de la cédula de identidad No. 4.872.441 contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN JOAQUIN DEL ESTADO CARABOBO, y se ordena a la accionada, restituir la situación jurídica infringida mediante el cabal e inmediato acatamiento de la Providencia Administrativa Nº 198 del 02 de Junio de 2009 dictada en el expediente administrativo Nº 028-2009-01-00026 llevado por la Inspectoría del Trabajo Inspectoría .....