En fechadieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veinte y uno (2021), este Juzgado de Sustanciación dictó sentencia mediante el cual acordó: 1.COMPETENTE el Juzgado Primero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer de la presente causa;2. ADMITE la presente demanda; 3.ORDENA notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI).y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, notificación ésta última que se practicará en concordancia con el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República;4. INSTA a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Procurador General de la República; 5.ORDENA solicitar el expediente administrativo de la presente causa a la OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI);6.ORDENA remitir el.....