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Decisiones del dia 18/09/2007 |
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N° Expediente :
KP02-S-2005-2457
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MARIA DE LA CHIQUINQUIRA OCANTO |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-4969
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: PABLO JOSE CASTILLO COLINA |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (05) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-4775
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: ANA BELINDA DURAN ORTIZ |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-3795
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: AGUEDA IDA ROJAS PEÑA |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-13958
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: BELKYS COROMOTO DE PICHARDO |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-13955
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: HONORIO RAFAEL ORELLANA RAMONES |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (05) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-13959
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: BETTINA ELIMAR CARRILLO PINTO |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-4346
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: JUAN CANTALICIO REINOSO |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-3642
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2007 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: ISABEL GUALDRON URIBE |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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