Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la demanda intentada por la Ciudadana EDDA MARINA VARGAS CACERES en contra de la empresa Mercantil Empaques Descartables Médicos E.D.M. C.A, ambos identificados suficientemente en autos, con motivo del Juicio de Desalojo del Inmueble constituido por una parcela de terreno con el galpón sobre el construido ubicada en la zona industrial Nº 2, vía Barquisimeto-Carora, kilómetro 4 de esta ciudad de Barquisimeto, el cual tiene una superficie de un Mil doscientos setenta y dos (1.272) metros cuadrados y se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte:, con avenida en proyecto, Sur: con ejidos ocupados, Este: Terreno y galpón ocupado por Maradi, C.A; y Oeste: con ejidos ocupados. De esta Ciudad de Barquisime.....