La Ciudadana MILEXA MARGOT MENDOZA MORALES, Venezolana, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.411.193, manifestó estar separado de su cónyuge RAFAEL RAMON SALAZAR YANEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº V-16.403.851, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 31 de Octubre de 2006, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
"UNICO": Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos MILEXA MARGOT MENDOZA MORALES y RAFAEL RAMON SALAZAR YANEZ ya identificados, por ante la Jefatu.....