Visto el convenimiento habido entre las partes en fecha 24-09-2010, que cursa a los folios trece (13) y catorce (14); y debidamente homologado por este Juzgado, en fecha 13-10-2010, tal como consta al folio veintitrés (23), este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente procedimiento, se ordena el archivo del expediente para su posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Carabobo.- Cúmplase lo ordenado.-