Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de los ciudadanos VICTOR EMIGDIO BECERRA LUPI, YELIS XIOMARA BECERRA LUPI, DARCY SOBEYDA BECERRA LUPI, WILFREDO EDMUNDO BECERRA LUPI, EWARD ALEXANDER BECERRA LUPI, JOSE LUIS BECERRA LUPI, y NICOLAS ARCADIO BECERRA LUPI (fallecido), venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-3.623.890, V-2.811.264, V-3.993.279, V-8.026.213, V-11.465.030 y V-5.203.015 y V-8.002.774, en su condición de hijos y Únicos y Universales Herederos de la causante, quien en vida respondiera al nombre de BENIGNA CARIDAD LUPI DE BECERRA.