Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 28 de junio de 2011, por la abogada Blanca Hernandez, apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida en fecha 17 de junio de 2011, por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual se declaró CON LUGAR la acción de resolución de contrato de inquilinato por falta de pago. Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de junio de 2011, por la abogada Blanca Hernandez, contra la sentencia dictada en fecha 17 de junio de 2011, por el mencionado juzgado, mediante la cual se declaró SIN LUGAR LA RECONVENCION por abuso de derecho. Se condenó en costas a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.